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Home Empresas

Nuevo régimen de cotización para autónomos a partir de 2023

CiudadConAlma by CiudadConAlma
8 agosto, 2022
in Empresas
23
Nuevo régimen de cotización para autónomos
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Nuevo régimen de cotización para autónomos a partir de 2023

Es por todos sabido del nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos aprobado por el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023, cuyo régimen transitorio finalizará en 2032, con revisiones periódicas cada tres años (el período inicial de implantación comprende del 2023 al 2025), el cual desgranamos a continuación:

Nuevo sistema de cotización:

A partir del 1 de enero del ejercicio 2023, los trabajadores autónomos cotizarán en función de los rendimientos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas, empresariales o profesionales, por lo que para determinar la base de cotización se tendrán en cuenta los rendimientos netos obtenidos durante cada año natural inmediato anterior.

¿Cómo se determinan los rendimientos netos anuales que sitúan al trabajador autónomo en cada tramo de cotización?

Se regirá por lo establecido en la nueva regla 1ª del artículo 308.1 c) de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) para poder calcular el rendimiento computable:

  1. Para las actividades económicas que determinan el rendimiento neto por el método de estimación directa: el rendimiento computable será el rendimiento neto incrementando en el importe de las cuotas de la Seguridad Social y aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad.

 

  1. Para las actividades económicas que determinan el rendimiento neto por el método de estimación objetiva: el rendimiento computable será el rendimiento neto previo minorado en el caso de actividades agrícolas, forestales y ganaderas, y el rendimiento previo en el resto de supuestos.

 

  1. Para los rendimientos de actividades económicas imputados al contribuyente por entidades en atribución de rentas: el rendimiento computable imputado a la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma será, para el método de estimación directa, el rendimiento neto y, para el método de estimación objetiva, en el caso de actividades agrícolas, forestales y ganaderas, el rendimiento neto minorado, y el rendimiento neto previo en el resto de supuestos.

 

  1. En el caso de trabajadores por cuenta propia o autónomos a los que se refiere el artículo 305.2 b) c), d) y e), es decir, autónomos societarios y administradores, o en su condición de socio o comunero, se computarán en los términos que se determinen reglamentariamente, la totalidad de los rendimientos íntegros, dinerarios o en especie, derivados de la participación en los fondos propios de aquellas entidades en las que reúna, en la fecha de devengo del Impuesto sobre Sociedades, una participación igual o superior al 33% del capital social o teniendo la condición de administrador, una participación igual o superior al 25%, así como la totalidad, de los rendimientos del trabajo derivados de su actividad en dichas entidades, así como los rendimientos de trabajo o capital mobiliario recibidos por su condición de socios trabajadores.

 

Al rendimiento computable, se le aplicará una deducción por gastos genéricos del 7%, salvo a los administradores societarios a los que se le aplicará una deducción del 3%, en este último caso, se podrá aplicar siempre que haya figurado noventa días en alta en el régimen especial.

La Administración Tributaria estará obligada a comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) toda la información de carácter tributario, con el fin de regularizar, en su caso, las cotizaciones a pagar o a devolver, en función del rendimiento real y definitivo, sin aplicar recargos ni intereses, esto podría suponer un aumento en las comprobaciones de las declaraciones de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los trabajadores autónomos.

En el caso en el que la cotización haya sido inferior, el trabajador autónomo tendrá que efectuar el pago a la TGSS hasta el último día del mes siguiente a aquel en que se le notifique el resultado de la regularización; mientras que, por el contrario, si la cotización ha sido superior, la TGSS procederá a devolver de oficio la diferencia antes del 31 de mayo del ejercicio siguiente a aquel en que la Administración Tributaria haya comunicado los rendimientos computables a la TGSS.

Dicho rendimiento computable anual habrá que dividirlo mensualmente para determinar en qué tramo de cotización se encuentra el trabajador autónomo y compararlo con las siguientes tablas:

Nuevo régimen de cotización para autónomos

Nuevo régimen de cotización para autónomos

Nuevo régimen de cotización para autónomos

En aquellos casos en los que el trabajador autónomo no haya presentado IRPF, la base mínima de cotización será la equivalente para contingencias comunes para los trabajadores incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social del grupo de cotización 7, que para el año 2022 está establecido en 1.166,70 euros.

En el supuesto en el que la Administración Tributaria proceda a efectuar alguna comprobación y rectificación de la declaración de IRPF, el trabajador podrá solicitar la devolución de lo ingresado indebidamente.

Los familiares de las personas trabajadoras autónomas incluidas en este régimen especial según lo establecido en el artículo 305.2 k) (autónomos colaboradores), no podrán elegir una base de cotización mensual inferior a aquella que determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado, establecida en 1000 euros para el ejercicio 2023.

Con la nueva norma se eliminan las restricciones  asociadas a la edad a efectos de cotización, como es el caso de aquellos autónomos mayores de 47 años que pasan a cotizar por sus ingresos reales.

Los trabajadores incluidos en RETA a 31 de diciembre de 2022, cotizarán en el tramo correspondiente a la base reguladora que venían cotizando, en tanto no ejerciten el derecho a modificar la base de cotización tanto si es superior o inferior, por ello, se recomienda realizar dicho cálculo y modificar la base de cotización antes del 30 de septiembre de 2022 con efectos desde el 1 de octubre de 2022 para que el tramo a cotizar en 2023 sea el correcto.

Para el ejercicio 2023 se amplía el número de veces que los autónomos pueden modificar su base de cotización, pasando de cuatro a seis veces al año, con el objetivo de ajustar la cotización a la previsión del rendimiento real del año, se podrá solicitar a la TGSS con efectos del primer día de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año siguiente.

Nueva cuota reducida y sustitución de la “tarifa plana”:

En la norma se establece una cuota reducida de 80 euros durante los primeros doce meses en el caso de inicio de actividad, o en el caso en el que no haya estado de alta en los dos años inmediatamente anteriores, esta cuota reducida podrá ser prorrogable por otros doce meses adicionales, siempre que los rendimientos durante el primer año no hayan superado el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Esta reducción queda fijada para los años del 2023 al 2025, quedándose pendiente de aprobación en cuanto a su continuidad para años posteriores.

La tarifa plana queda derogada, salvo en aquellos trabajadores autónomos que venían aplicando dichas bonificaciones o reducciones con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva norma.

Protección por “cese de actividad parcial”:

Se aprueba una nueva prestación por cese de actividad parcial que asciende al 50% de la base reguladora compatible con otra actividad, y que podrá cobrarse de cuatro meses a dos años, sin que haya que darse de baja en RETA y sin que sea necesario el cierre definitivo, hay que tener una reducción del 75% del nivel de ingresos o ventas si no hay trabajadores contratados; o esta misma condición durante dos trimestres, ingresos no superiores al SMI y reducción de jornada o suspensión de contratos del 60% de la plantilla, si hay trabajadores a cargo.

En breve aprobarán el reglamento para aclarar las dudas que puedan surgir en cuanto a su aplicación real.

Nuevo régimen de cotización para autónomos
Beatriz Gaspar – Asesora fiscal y contable en Emede Etl global

Para más información

Nuevo régimen de cotización para autónomos

Web: Emede ETL Global

Dirección: C/ Monseñor Carrillo Rubio, local 4 – 29007 Málaga

Teléfono:  952070559

Email: bgaspar@etl.es

Tags: asesores tributariosautónomoscuota de autónomosEmede ETL GlobalfiscalidadImpuestosTributación
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Comments 23

  1. Manolo Lazcano says:
    3 años ago

    Un sinsentido lo que está haciendo el gobierno con los autónomos, asfixiandolos cada día mas

    Responder
  2. Eva Azuaga says:
    3 años ago

    No sé qué pretende el gobierno del Sr. Sánchez con esto, que tengan que cerrar sus negocios?????

    Responder
  3. Pepe Luis says:
    3 años ago

    Cómo se nota que ninguno de estos tiene empresas y no saben lo que es estar al límite económico mes a mes, en nuestro lugar los pondría yo

    Responder
  4. Alejandra Balbuena says:
    3 años ago

    Efectivamente Pepe Luis, estos deciden sin tener ni idea de lo que están pasando los autónomos porque si lo sufrieran en sus carnes, otro gallo cantaría

    Responder
  5. Adela Noriega says:
    3 años ago

    En ningún país de Europa se paga tanto y aquí por si fuera poco, venga vamos a apretarlos un poco más, a ver si terminamos de asfixiarlos

    Responder
  6. Juan Francisco Martín says:
    3 años ago

    No se dan cuenta que los autónomos representan más del 90% del tejido empresarial y en vez de ayudarlos a que sus negocios prosperen porque son los que mantienen la economía no, se empeñan en hundirlos más

    Responder
  7. Marcela Camacho says:
    3 años ago

    Porque hacen esto?? Que razón les lleva a querer hundirlos con esta subida, que si fuera la única, pero que va, sube todo y esto es insostenible y estas criaturas no llegan a fin de mes como para hacerlos pagar más

    Responder
  8. Lola Carretero says:
    3 años ago

    Cómo se nota que ellos tienen sus buenos sueldos y el resto le importamos más bien poco y solo quieren recaudar y recaudar y recaudar…. así de sencillo

    Responder
  9. Adrián Casanueva says:
    3 años ago

    Exacto Lola, y lo peor es que lo hacen a costa del más débil, personas que cada día abren sus negocios con toda la ilusión para que luego vengan estos y esas ilusiones se las lleven, es injusto

    Responder
  10. Óscar Ávila says:
    3 años ago

    Estas son esas cosas que nadie se las puede explicar, es que les parece poco lo que pagan actualmente y quieren seguir exprimiendo la naranja cada día más. Ya haría lo que dice Pepe Luis, cambiarlos por nosotros un mes, no llegaban, les daba un síncope y así verían de primera mano lo que es luchar por un negocio día a día y que no te salgan las cuentas para llegar a fin de mes.

    Responder
  11. Soledad Bustos says:
    3 años ago

    Muy muy fuerte lo de este gobierno 🙁 🙁

    Responder
  12. Magda Chamizo says:
    3 años ago

    Yo no soy autónomo/a, trabajo en una empresa en la que estoy muy a gusto, pero lo que están haciendo con estas personas es de irresponsables, no se les puede apretar más o es que no ven que les cuesta llegar a fin de mes con todo lo que ha subido la vida

    Responder
  13. Damián Vargas says:
    3 años ago

    Me pasa lo mismo que a Magda, yo trabajo en una empresa, pero eso no quita que vea este tema como una injusticia, los autónomos lo dan todo por sus negocios y lo que tiene que hacer el gobierno es ayudarlos a que tengan la estabilidad necesaria, porque si ellos crecen, la economía también crece es que no se dan cuenta de eso desde el gobierno

    Responder
  14. Lucia Meneses says:
    3 años ago

    Resulta que pagar lo que se paga ahora de cuota no les es suficiente y quieren más, con esto que quieren??, Que pretenden?, Hundirnos más y más porque es un despropósito como la copa de un pino

    Responder
  15. Vanesa Pulido says:
    3 años ago

    Cuando lleguen las nuevas subidas muchos negocios tendrán que cerrar y luego a ver qué explicación dan desde el gobierno.
    Se están cubriendo de gloria y lo que más me sorprende es que no haya nadie que se quiera dar cuenta o si se dan, como no va con ellos porque tienen sus buenos sueldos, dietas, etc, etc….pues al resto que le den y sino pueden pagar pues allá ellos, que cierren

    Responder
  16. Dionisio Sastre says:
    3 años ago

    Vaya lumbreras son los del gobierno, esto donde lo deciden, jugando al Monopoly o que?? Un niño tiene más luces que cualquiera de ellos, de traca!!!!

    Responder
  17. Gregorio Calleja says:
    3 años ago

    Que tienen que pensar el resto de países de nosotros, porque peor imposible. En vez de tendernos la mano y asegurarnos una estabilidad para seguir creciendo, no, te ponen la pierna encima, como diría ese exconcursante de Gran Hermano. Y tanto que los cambiaba una época por nosotros, sabrían lo que es tener que pagar y no poder hacerlo, después de un mes entero trabajando

    Responder
  18. Mayte Goyo says:
    3 años ago

    Con medidas como esta, pienso que se están riendo de nosotros, porque desde el gobierno saben perfectamente como está la economía actualmente y lo de subir las cuotas es un sin sentido orquestado por personas que no tienen ni idea de lo que es llevar un negocio y que no te sobre a final de mes ni para pipas y aún así, zasca….subida de cuotas…..con dos cojo….s 🙁 🙁 🙁

    Responder
  19. Alfonso Romanos says:
    3 años ago

    Pienso que con esta decisión al gobierno del Sr. Sánchez y compañía le importan muy poco los autónomos, de lo contrario no tendría sentido que aplicaran nuevas tarifas cuando ya pagamos una cantidad exagerada. No se nos puede exigir más y más porque no tenemos ningún margen, cómo pretenden que vivamos, que me lo expliquen!!!!

    Responder
  20. Antonio Aguilar says:
    3 años ago

    Sabes lo que pasa, que no bajan a la calle y se preocupan de como de verdad está la situación de los autónomos. Solo lo hacen cuando hay campaña electoral para la foto de rigor, una vez pasado esto, que nos den. No hay país en Europa que pague más y a nosotros cada día poniendonos las cosas más difíciles, y todo porque como no hacen las cosas como deben, necesitan recaudar más dinero y claro, la solución más fácil, subir las cuotas, y si les viene bien y si no, que se jod… pero esta no es la solución

    Responder
  21. Claudia Narváez says:
    3 años ago

    Con esta subida, el gobierno demuestra una enorme falta de sensibilidad hacia los autónomos, no les importamos, nos ningunean y nos exprimen al 1000%, con qué fin…..con uno solo: el recaudatorio.
    Y porque, porque tienen que pagar sus enormes sueldos, sus comidas, la duplicidad de organismos oficiales, etc….
    Y para compensar ese despilfarro, atacan a los que mantienen el tejido empresarial en pie, los autónomos, que por lo visto para ellos es la mejor solución.
    Una panda de lumbreras y de visionarios, no se cómo nos lo llaman de la Nasa

    Responder
  22. Jenifer Puig says:
    3 años ago

    Nadie en el gobierno se preocupa de la realidad de los autónomos porque viven de espaldas a la vida cotidiana, ellos y ellas como lo tienen todo, sueldazos, casoplones, etc….pues juegan a no se que cuando se reúnen y el lumbreras de turno suelta «a los autónomos vamos a subirle la cuota que viven muy bien» y el resto en vez de darle una colleja, lo aplauden y le dicen «claro que sí»….yo les daba 900€ al mes y con eso se apañaran a ver qué tal…. otro gallo cantaría.
    Señores y señoras del gobierno la realidad de España por desgracia no es la vuestra, de vez en cuando bajarse al barro y ver la realidad.

    Responder
  23. Alfonso Alcázar says:
    3 años ago

    Sr. José Luis Escrivá, nos está asfixiando, los autónomos no podemos más, no podemos soportar más carga económica, no ganamos ni de lejos lo que gana usted, quiere arruinarnos o que??. Parezca que no viva en España y que no se de cuenta de que la realidad económica del país no es la que usted piensa. Le aconsejo que se dé una vuelta por los barrios de su ciudad y pregúntele a los comerciantes como es su día a día y verá la realidad de verdad, que por supuesto no es la suya y de sus colegas de gobierno.

    Responder

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