Ciudad con Alma
sábado, julio 12, 2025
No Result
View All Result
  • Magazine
    • Belleza
    • Celebrities
    • Conoce a
    • De Ruta
    • Decoración
    • Destacados
    • Empresas
    • Eventos
    • Málaga
    • Moda
    • Ocio
    • Otros
    • Planes en Familia
    • Primera Plana
    • Restauración
    • Salud
    • Zona Cultural
  • Revistas
  • Made in Málaga
  • Gala Ciudad con Alma
    • Gala 2016
    • Gala 2017
    • Gala 2018
    • Gala 2019
  • Guía Turística
  • Publicidad
  • Contacto
  • Ciudades
    • Granada
    • Madrid
  • Magazine
    • Belleza
    • Celebrities
    • Conoce a
    • De Ruta
    • Decoración
    • Destacados
    • Empresas
    • Eventos
    • Málaga
    • Moda
    • Ocio
    • Otros
    • Planes en Familia
    • Primera Plana
    • Restauración
    • Salud
    • Zona Cultural
  • Revistas
  • Made in Málaga
  • Gala Ciudad con Alma
    • Gala 2016
    • Gala 2017
    • Gala 2018
    • Gala 2019
  • Guía Turística
  • Publicidad
  • Contacto
  • Ciudades
    • Granada
    • Madrid
No Result
View All Result
Ciudad con Alma
No Result
View All Result
Home Empresas

La Agencia Tributaria invitada a tu celebración. Si vas a contraer matrimonio, celebrar bautizos o comuniones próximamente debes tener en cuenta a la Agencia Tributaria (AEAT) en tu lista de invitados

CiudadConAlma by CiudadConAlma
15 febrero, 2024
in Empresas
9
La Agencia Tributaria invitada a tu celebración. Si vas a contraer matrimonio, celebrar bautizos o comuniones próximamente debes tener en cuenta a la Agencia Tributaria (AEAT) en tu lista de invitados
Share on FacebookShare on Twitter

La Agencia Tributaria invitada a tu celebración. Si vas a contraer matrimonio, celebrar bautizos o comuniones próximamente debes tener en cuenta a la Agencia Tributaria (AEAT) en tu lista de invitados

Hay celebraciones como los bautizos, comuniones o bodas en las que, por costumbre, amigos y familiares suelen hacernos regalos tanto en dinero como en “especie”.

Al igual que con cualquier otra donación, estos regalos se tendrán que declarar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones cuando su valor sea superior a 3.000 euros. Habría que presentar una declaración por este impuesto de cada uno de los regalos, dependiendo la tributación del lugar en el que residamos.

¿Qué ocurre con los regalos que percibimos, ya sean económicos o en especie?, en teoría tributan como donaciones efectuadas por los amigos, familiares, etc. (donantes) a los celebrantes (donatarios), por lo que los celebrantes tendrían que presentar el modelo 651. En el caso de las bodas, los novios tendrían que presentar el 50% por cada uno de los recién casados y por cada uno de los donantes.

¿A cuánto ascendería la cuota a pagar por los regalos percibidos?, la cuota tributaria variaría en función de la escala vigente aprobada por la comunidad autónoma correspondiente al domicilio de residencia de las personas beneficiarias de la donación (donatarios), y teniendo en cuenta las bonificaciones o reducciones que puedan existir en cada una de ellas que también pueden ser distintas. De esta manera, hay autonomías en las que se podría decir que es más rentable celebrar como por ejemplo Madrid, Andalucía, Murcia y la Rioja. En estas Comunidades, se aplica una bonificación del 99% sobre la cuota tributaria en donaciones entre padres e hijos, es decir, solo habría que abonar a Hacienda el 1% de la cuota tributaria.

¿Las celebraciones son objeto de control por parte de la AEAT?, si bien es cierto que la AEAT nunca ha tenido como objetivo investigar este tipo de celebraciones habría que ser precavido con los ingresos que superen los 3.000 euros y con los billetes de 500 euros, ya que las entidades financieras están obligadas a informar a la Agencia Tributaria por este tipo de operaciones y por determinados ingresos menores que se den sin la justificación o declaración oportuna.

¿Hay que declarar las transferencias recibidas como regalo? Sí, como todos los regalos. Además, habría que tener en cuenta que Hacienda puede abrir una investigación por detectar una transferencia o un conjunto de transferencias por una cuantía importante.

¿Y los regalos en metálico? También hay que declararlos, teniendo en cuenta que al disponer de más dinero en metálico disminuirá el uso de tarjetas de débito o crédito de uso cotidiano y eso puede hacer saltar la alarma en la AEAT. Si bien es cierto que el dinero en metálico conlleva cierta “opacidad” en lo que a la cantidad recibida y al donante se refiere, es preferible optar por la transferencia bancaria, con objeto de poder justificar ante la AEAT el motivo de la transferencia.

¿Qué ocurre con los gastos ocasionados con el motivo de la celebración?, independientemente de lo comentado anteriormente, también sería recomendable que se guardaran durante, al menos, cuatro años todas las facturas de gastos relacionadas con el evento, ya que las empresas que se dedican a servir suministros y servicios relativos a celebraciones sí que están en el punto de mira de la AEAT, y es posible que en algún momento solicitaran información a los celebrantes mediante requerimiento con el objetivo de evitar la evasión fiscal de los proveedores de eventos.

¿Qué ocurriría si no se contestara al requerimiento recibido por los celebrantes?, este requerimiento debería ser contestado en el plazo establecido por la AEAT si no quieren incurrir en alguna sanción por incumplir la ley general tributaria por su falta de atención.

Finalmente, unas recomendaciones a tener en cuenta para aquellos que estén pensando en celebrar su algún evento próximamente:

  1. Guardar todas las facturas de gastos inherentes al evento durante cuatro años.
  2. Controlar los billetes de 500 euros recibidos como regalo.
  3. Controlar los ingresos de regalos que excedan de 3.000,00 euros.
  4. Contratar los servicios de un asesor fiscal para que te ayude si recibes un requerimiento por parte de la AEAT solicitando información relativa a la celebración de tu evento.
Agencia Tributaria
Rocío Moreno

Para más información

Agencia Tributaria

Web: Emede ETL Global

Dirección: C/ Monseñor Carrillo Rubio, local 4 – 29007 Málaga

Teléfono:  952070559

Email: rmoreno@etl.es

Tags: asesores tributariosbautizosbodascomunionesEmede ETL GlobalfiscalidadHaciendaImpuestosTributación
Previous Post

Frases para felicitar San Valentín

Next Post

Las principales tendencias en eventos corporativos para 2024

Comments 9

  1. Edurne Gaitán says:
    1 año ago

    Yo a estos invitados a no sé que traigan un sobre lleno de dinerito no los quiero…jajajajajaja

    Responder
  2. Carlota Manzano says:
    1 año ago

    Noooooo…..jajajajajaja…..di que si Edurne, con un buen fajo de billetes, se dejan entrar!!!

    Responder
  3. Eusebio M. says:
    1 año ago

    Ya me imagino a dos señores encorbatados y con mirada fija……que mal rollo….jajajajajajaja

    Responder
  4. Diego Belmonte says:
    1 año ago

    Desde luego que quieren rascar de cualquier lado

    Responder
  5. Patricia Recio says:
    1 año ago

    Ufffffff, yo no los querría, ni con dinero…jejejejejejeje

    Responder
  6. Almudena Plaza says:
    1 año ago

    Patri, si traen un buen taco de billetes, se hace de tripa corazón

    Responder
  7. Jaime Crespo says:
    1 año ago

    Si lo pagan todo que entren, pero si encima hay que darles dinero, que no vengan…. jajajaja

    Responder
  8. Alba Castañeda says:
    1 año ago

    No, no, no……yo no los querría, por favor, yuyu

    Responder
  9. Elisabeth Lupiáñez says:
    1 año ago

    No pierden puntá…. jajajaja…..por favor

    Responder

Responder a Diego Belmonte Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

  Soy mayor de 14 y he leído y acepto la política de privacidad

Últimas Noticias

Mujeres emprendedoras y de éxito profesional

Mujeres emprendedoras y de éxito profesional

23 junio, 2025
Noche de San Juan 2025 en Málaga

Noche de San Juan 2025 en Málaga

10 junio, 2025
La Noche en Blanco 2025 en Málaga

La Noche en Blanco 2025 en Málaga

10 mayo, 2025

Recomendado

expresiones malagueñas

Test: Cuántas de estas expresiones malagueñas conoces

18 julio, 2022
eres más de playa o montaña

Test: eres más de playa o montaña

8 julio, 2021
Día de la Madre

Frases con mucho amor para el Día de la Madre 2024

3 mayo, 2024

Trending

¿Qué sabes sobre los emojis? Parte II

¿Qué sabes sobre los emojis? Parte II

25 agosto, 2020
Cortes de pelo de mujer que serán tendencia en 2024

Cortes de pelo de mujer que serán tendencia en 2024

10 enero, 2024
días más fértiles de la mujer

Calcular los días más fértiles de la mujer

6 agosto, 2019
Ciudad con Alma

Category

  • Belleza
  • Celebrities
  • Conoce a
  • De Ruta
  • Decoración
  • Destacados
  • Empresas
  • Eventos
  • Málaga
  • Moda
  • Ocio
  • Otros
  • Planes en Familia
  • Primera Plana
  • Restauración
  • Salud
  • Zona Cultural

Síguenos

  • Contacto y publicidad
  • Aviso Legal
  • Política de Cookies
  • Política de Privacidad

Copyright © 2023, Ciudad con Alma Diseño Web Málaga

No Result
View All Result
  • Magazine
    • Belleza
    • Celebrities
    • Conoce a
    • De Ruta
    • Decoración
    • Destacados
    • Empresas
    • Eventos
    • Málaga
    • Moda
    • Ocio
    • Otros
    • Planes en Familia
    • Primera Plana
    • Restauración
    • Salud
    • Zona Cultural
  • Revistas
  • Made in Málaga
  • Gala Ciudad con Alma
    • Gala 2016
    • Gala 2017
    • Gala 2018
    • Gala 2019
  • Guía Turística
  • Publicidad
  • Contacto
  • Ciudades
    • Granada
    • Madrid

Copyright © 2023, Ciudad con Alma Diseño Web Málaga

Usamos cookies propias y de terceros para analizar y medir nuestros servicios; elaborar estadísticas y un perfil
elaborado a partir de los hábitos de su navegación, y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias. Se
comparte información con los terceros que nos facilitan las cookies. Puedes obtener más información aquí.

¡Escríbenos por WhatsApp!

Ciudad con Alma
Powered by  GDPR Cookie Compliance
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Cookies estrictamente necesarias

Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.

Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.