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Home Empresas

REBAJAS

CiudadConAlma by CiudadConAlma
4 mayo, 2021
in Empresas
4
Rebajas
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REBAJAS

Sí, han leído bien, por fin una alegría para el bolsillo del contribuyente. El pasado miércoles, se publicó el Decreto-ley 7/ 2021, de 27 de abril, mediante el cual, el consejo de gobierno de la Junta de Andalucía aprobó una serie de medidas tributarias que afectarán por tiempo determinado al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en adelante ITPyAJD, impuesto cedido a las comunidades autónomas.

Pues bien, estas novedades aprobadas afectan únicamente a la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) del ITPyAJD y los documentos notariales en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados del ITPyAJD.

Transmisiones Patrimoniales Onerosas

La medida aprobada influye de manera temporal sobre el tipo de gravamen general aplicable a la transmisión de inmuebles y a la constitución y cesión de derechos reales sobre los mismos, excepto los de garantía. Decimos temporal, porque solo será aplicable a aquellos hechos imponibles devengados desde su fecha de aprobación, 27 de abril de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2021. Esta novedad consiste en la reducción del tipo de gravamen general,  pasando este del 8%, 9% o 10% en función de las cantidades gravadas a un tipo fijo del 7%, fuera cual fuese la cantidad por la que se vaya a tributar.

 Antes de las medidas aprobadas, el tipo general quedaba fijado de la siguiente forma:

 

Base Liquidable hasta euros Cuota íntegra euros Resto Base Liquidable euros Tipo aplicable
0 0 400.000,00 8%
400.000,01 32.000,00 300.000,00 9%
700.000,01 59.000,00 en adelante 10%

Después de las medidas aprobadas, el tipo general quedaba fijado hasta 31/12/2021 de la siguiente forma:

 

Base Liquidable hasta euros Tipo aplicable
0 € – en adelante 7%

A modo de ejemplo, si se adquiere una vivienda por valor de 500.000 €, antes de la entrada en vigor de la medida aprobada, pagarías por TPO 41.000€ (400.000 € x 8% + 100.000 € x 9%), mientras que una vez aplicada la nueva medida, pagarías 35.000 € (500.000 € x 7%). Se produce un ahorra fiscal de 6.000 €.

Hay que tener en cuenta, que solo afecta al tipo de gravamen general, no afectando a los tipos reducidos que ya se vienen aplicando en determinados supuestos, los cuales son:

  • Transmisión de un inmueble cuyo valor real no supere los 130.000 euros cuando se destinen a la vivienda habitual del adquirente y éste sea menor de 35 años: 3,5%.
  • Transmisión de inmueble destinado a vivienda habitual, si el valor real del mismo no supera los 130.000 euros: 7%.
  • Transmisión de un inmueble cuyo valor real no supere los 180.000 euros, cuando el adquirente tenga la consideración legal de persona con discapacidad en un grado igual o superior al 33%, o consideración de miembro de familia numerosa: 3,5%.
  • Adquisición de vivienda para su reventa por una persona física o jurídica que ejerza una actividad empresarial a la que sean aplicables las normas de adaptación del Plan General del Sector Inmobiliario: 2%.
  • Determinadas operaciones en las que participen las SGR: 2%.

DOCUMENTOS NOTARIALES

Estarán sujetas a dicha modalidad las escrituras, actas y testimonios notariales, quedando no sujetas las copias simples. El tipo de gravamen general se ve afectado por una reducción,  pasando de un 1,5% al 1,2%. Al igual que en el TPO, esta reducción solo será aplicable para aquellos hechos imponibles devengados entre el 27 de abril de 2021 y el 31 de diciembre de 2021. Posteriormente, y siempre que no se aprueba ninguna nueva medida, se volverá al tipo de gravamen general vigente antes de la publicación del Decreto-ley 7/ 2021, de 27 de abril.

Con estas medidas se busca incentivar la compraventa de bienes inmuebles en la CCAA de Andalucía animando a los posibles inversores, tanto residentes como no residentes, a que aprovechen estas reducciones para ahorrarse unos cuantos euros.

Lo dicho, ¡REBAJAS!

Rebajas
Marco Antonio Rivas – Economista | Asesor Fiscal en EMEDE ETL GLOBAL

Para más información

Rebajas

Web: Emede ETL Global

Dirección: C/ Monseñor Carrillo Rubio, local 4 – 29007 Málaga

Teléfono:  952070559

Email: mrivas@etl.es

Tags: actor jurídicosasesores tributariosEmede ETL GlobalfiscalidadImpuestostransmisiones patrimonialesTributación
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Comments 4

  1. Esther Montañez says:
    4 años ago

    En estos tiempos difíciles, acciones como esta son bienvenida, aunque harían falta más

    Responder
  2. Manuela Velasco says:
    4 años ago

    En el ahorro para nuestros bolsillos todo suma

    Responder
  3. Amanda Clavero says:
    4 años ago

    Buenas noticias para el bolsillo de lxs contribuyentes

    Responder
  4. Mario Espino says:
    4 años ago

    Lo veo estupendamente, en estos moementos es cuando el gobierno debe de mirar por sus contribuyentes

    Responder

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